01 agosto 2010

Salgado bloquea el castigo a la evasión fiscal

Frena la ampliación de cinco a 10 años de la prescripción de delitos de fraude a Hacienda

El cambio estaba previsto en la reforma del Código Penal, que entrará en vigor en enero

Mientras el IVA sube para todos los españoles, los asalariados con rentas medias-altas se preparan para la subida del Impuesto de la Renta en los territorios gobernados por el PSOE, las autonomías empiezan a elevar el Impuesto de Transmisiones y el de Actos Jurídicos Documentados, las haciendas territoriales lanzan nuevos impuestos sobre los depósitos bancarios, y los práctica totalidad de los ayuntamientos aplican fuertes incrementos en sus tasas y recargos, un colectivo sigue esquivando el golpe: el colectivo de las grandes fortunas. Un grupo formado por las élites patrimoniales del país que agrupa sus ahorros en un producto conocido como sicav (sociedades de inversión de capital variable), un especie de fondos de inversión a medida que, bajo forma de sociedad anónima y gestión personalizada, aglutina más de 26.209 millones de euros, distribuidos entre un total de 405.442 accionistas.

ICV ha pedido en repetidas ocasiones que el esfuerzo de subida fiscal afecte a todos, sin exclusiones. Los propios técnicos del Ministerio de Hacienda y del PSOE han elevado en diversas ocasiones propuestas para subir los impuestos de estas sociedades, que pagan un 1% en el Impuesto de Sociedades frente al tipo general de las empresas del 35%. Pero, pese a que la presión crece, por el momento, las sicav se han librado. Y la causa no ha sido otra que la protección otorgada desde la vicepresidencia económica que ostenta Elena Salgado.

El Ministerio económico ha intercedido en dos ocasiones en esta legislatura para frenar reformas que habrían supuesto un importante endurecimiento del trato fiscal a las grandes fortunas. Pero la actitud se cuenta ya con tradición: también en la primera legislatura y bajo mando económico de Solbes, se tramitó un perdón fiscal para las sicav, agobiadas en ese momento por las inspecciones fiscales.

El último de los gestos del Ministerio ha llegado hace poco más de un mes. La reforma del Código Penal -publicada en el BOE el 23 de junio y que entrará en vigor el año que viene- ha acabado omitiendo un punto decisivo: el plan inicial planteaba una ampliación de cinco a 10 años de la prescripción de los delitos fiscales, tal y como llegó a reflejar el anteproyecto. Ese texto fue elaborado por el equipo económico y jurídico del Gobierno, cuyo supervisor directo es la Vicepresidencia Económica de Salgado y cuyo respaldo final debe ser otorgado por el propio presidente Zapatero. La reforma pretendía acabar con una situación un tanto peculiar como es el hecho de que los delitos fiscales en España, pese a la complejidad de su investigación, los que prescriben en un menor plazo de todo el catálogo de delitos.

Durante la tramitación parlamentaria, sin embargo, el Grupo Socialista recibió orden de retirar este punto, tal y como confirman fuentes parlamentarias. El aumento de la prescripción habría sido muy importante para poder perseguir nuevas tramas de evasión detectadas similares a la de las cuentas suizas, inmersa en una fuerte polémica por el deseo de Hacienda de practicar lo que denomina como una «regularización»; es decir, una negociación con los sospechosos de fraude para traer a España sus rentas ocultas a cambio de un trato beneficioso, es decir, una amnistía fiscal encubierta.

El anterior capítulo de esta historia tuvo lugar hace nueve meses, cuando la vicepresidencia económica de Salgado frenó otra reforma. En esta ocasión, la que pretendía eliminar las barreras al control fiscal de estas sociedades por parte de la Inspección tributaria. «Es escandaloso lo que está ocurriendo con las grandes fortunas», apunta Joan Herrera, secretario general de ICV y conocedor de primera mano de lo ocurrido en aquella ocasión. Herrera narra personalmente cómo el pasado septiembre «la vicepresidencia económica frenó» una reforma que se negociaba con el propósito de dar más poder a la Inspección en el control de grandes fortunas, especialmente del control de su mecanismo de ahorro por excelencia, las sicav.

La sucesión de hechos fue la siguiente: ERC-IU-ICV lanzaron una proposición no de ley para conceder «el control fiscal de las Instituciones de Inversión Colectiva a la Inspección de Hacienda, en lugar del control por parte de la CNMV». El propio PSOE apoyó inicialmente el espíritu de este cambio. Pero, pese al impulso inicial de los socialistas en el Congreso, los textos y contestaciones emitidas oficialmente a Joan Herrera fueron, poco a poco, desinflándose.

Finalmente, cuando todo estaba listo para sacar adelante la reforma, retocada y suavizada, el PSOE decidió votar en contra de la propuesta que ellos mismos habían redactado -y pactado-, para descrédito de ICV, evitando que saliera adelante la proposición. Joan Herrera pidió explicaciones al PSOE. Y la respuesta del Grupo Socialista fue contundente: no era culpa del Partido. Vicepresidencia había dado orden de frenar el texto y votar en contra de esa enmienda.

Pruebas de resistencia

JUAN FRANCISCO MARTÍN SECO

La Unión Europea acaba de hacer públicas las pruebas de estrés a sus bancos. Bienvenida sea la transparencia. No obstante, en Europa todo se hace a retazos y en plan mosaico. Aun cuando es verdad que la operación se ha realizado bajo la dirección del Sistema Europeo de Supervisores Bancarios (CEBS), no es menos cierto que han sido los bancos centrales de cada país los encargados del examen y además, según parece, con criterios diferentes y abarcando distintos porcentajes de sus sistemas financieros. No faltará, por tanto, quien insinúe que los test se han construido a la medida de cada Estado de manera que los resultados sean aceptables. Habrá, sin duda, quien se pregunte ¿qué ocurre con los bancos (cerca del 50%) que no se han sometido a examen? O ¿cuál hubiese sido el resultado de estas pruebas si se hubiesen realizado antes de la crisis? Tal vez también se habría afirmado que todos los bancos eran muy solventes.

España se ha separado de la tónica general y ha publicado los resultados correspondientes al 95% de su sistema financiero. La razón argüida ha sido la de la transparencia. Es dudoso que haya constituido una buena idea y no tenga un efecto contrario al que se pretende. En un mundo mediático superficial y de eslóganes, el titular en el extranjero de que cinco de los siete bancos que no aprueban son españoles es muy negativo. Todo lo que necesita explicación constituye un hándicap. Publicar el 75% pero sin ningún suspenso seguramente hubiese sido mucho más beneficioso.

Habrá que preguntarse, pues, si detrás de esta decisión del Banco de España y del Gobierno no existe otro motivo no confesado. ¿Se habría publicado el 95% si en lugar de ser cajas hubiesen sido bancos los suspensos? ¿No asoma la intención oculta de mostrar ante la opinión pública la debilidad de las cajas de ahorro, de manera que se justifique el decreto ley que se acaba de aprobar abriendo la puerta a su privatización -en realidad nunca han estado nacionalizadas- y forzarlas a salir al mercado para que pasen a manos del capital privado?

Dicen que los test de resistencia garantizan que los bancos no van a quebrar, a pesar de que la enorme deuda frente al exterior continúa en sus balances. Lo que nadie garantiza es que vayan a cumplir su función en la sociedad. El crédito continúa sin llegar a los particulares y cuando llega es con un precio y unas condiciones abusivas. ¿No será que los bancos se estén salvando a costa de hundir la economía?

Me declaro culpable: soy funcionario

Más injusto que rebajarnos el sueldo es el enfrentamiento al que someten al funcionario con el resto de los trabajadores. Cuesta creer que sea intencionado presentar al personal público como una especie de privilegiados sobre los que debe caer el peso de la “solidaridad” con la que afrontar la crisis económica, financiera o la que sea.
Si tal división de los trabajadores no era la pretendida, se ha conseguido de cualquier modo, dando lugar a que se instale en la sociedad un debate tan estéril como falso, que lo único que consigue es desviar la atención sobre las verdaderas causas que ahondan la crisis en nuestro país y las políticas que no se pueden, no se quieren y no se saben aplicar para enmendar la situación.
Soy funcionario y en mi círculo más cercano no puedo quejarme de la merma de ingresos porque es desleal con los que están sufriendo el paro. Tampoco puedo replicar acerca de la imposibilidad de beneficiarme del tiempo esplendoroso de las “vacas gordas”, cuando cualquiera ganaba mucho más que yo. Debo guardar silencio porque se ha transmitido el mensaje subliminal de que tener un puesto de trabajo es, en estos momentos, una ofensa contra los que sufren las consecuencias de la crisis. Y debo pagarlo.
Daniel Guerrero Bonet / Sevilla (Cartas al director: Público 26 de julio de 2010)

Tradución de la reforma laboral al Roman Paladino

1.- Cambios en la contratación temporal

El contrato por obra se limita a 3 años por Estatuto de los Trabajadores y hasta 4 años si se permite en el convenio sectorial. Ojo, no vale ampliarlo en los convenios de empresa. Por supuesto estamos hablando de contratos por obra que sean correctos. Si el contrato temporal por obra está en fraude de ley es indefinido desde el primer día igual que antes.

Cuando se tengan dos o más contratos temporales de cualquier tipo (excepto de formación e interinidad), incluyendo por ETT, que sumen 24 meses en los últimos 30 con la misma empresa o grupo y haciendo cualesquiera funciones, el contrato se transforma automáticamente en indefinido. Antes se exigía que fuera ejerciendo las mismas funciones y con la misma empresa. Podría ser una clara mejora, pero como el despido objetivo en los indefinidos va a ser mucho más fácil no va a servir de nada a los trabajadores

La empresa tendrá que comunicar por escrito al trabajador, en el plazo de 10 días, que ha pasado a ser indefinido por cualquiera de las razones anteriores. Como siempre ha pasado, los empresarios se lo pasarán por los cojones y el empleado que quiera que demande.

Se van a seguir permitiendo, de forma totalmente consciente, las dos grandes vías de fraude de ley en los contratos temporales:

- Las contratas. Si una empresa tiene un puesto fijo (por ejemplo de informático) y lo contrata ella misma mediante un contrato temporal, sería realmente indefinido porque estaría en fraude de ley. En cambio, si mete al informático mediante una contrata, es un contrato temporal correcto. Es decir, en ambos casos el informático hace lo mismo, pero de la segunda forma el contrato temporal cuela y de la primera no. Esto es así porque el Tribunal Supremo lo decidió en varias sentencias. Por eso existen miles de supuestas empresas que lo único que hacen realmente es dedicarse a la cesión ilegal de trabajadores mediante contratas, especialmente en la construcción, la informática, la limpieza, la vigilancia... y se les va a permitir seguir haciéndolo.

- La sucesión de trabajadores temporales para el mismo puesto fijo. ¿Quién lo va a impedir? ¿Va a actuar de oficio la inspección de trabajo? ¿Van a demandar los empleados o el Comité de empresa? ¿Van a denunciar los sindicatos? Por favor, que no nos hagan reír que se nos saltan los puntos de la hernia.

La indemnización por fin de contrato temporal va a subir a 12 días por año... en el 2015. De momento sigue igual (8d) para todos los contratos temporales que se hagan en el 2010 y en el 2011. Los que se hagan en el 2012 pasan a 9d, 10d en el 2013, 11d en el 2014 y 12d en el 2015.

Se va a permitir la contratación por ETT dentro de las Administraciones Públicas. Esto sí que es gordo porque es directamente anticonstitucional, ya que infringe el principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública. Esto puede suponer directamente la muerte de las bolsas de trabajo y un golpe gigantesco para el negocio de las oposiciones (academias y editoriales), especialmente en algunas administraciones, como los servicios de salud, y en algunos puestos de escasa cualificación, como ordenanzas y auxiliares administrativos. Por ejemplo, si ahora se usa la bolsa de trabajo para cubrir las bajas de maternidad, dentro de un tiempo estará generalizado llamar a la ETT y pedirle un licenciado en derecho con conocimientos de informática para sustituir a Paqui, la auxiliar del Ayuntamiento que está embarazada. Hasta ahora las Administraciones tenían que convocar oposiciones cada cierto tiempo con el objetivo de tener bolsa de trabajo. Ahora no va a hacer falta. El chollo y la buena vida para el funcionario con plaza y cuando haya mucho trabajo que hacer se llama a la ETT y ya está.

Efectos reales de estos cambios

El efecto real en el mundo del trabajo de estas reformas en la contratación temporal es sencillo de "adivinar". Hay que tener en cuenta que otra de las claves de la reforma es que la empresa sólo paga 12d de los 20d de indemnización por despido objetivo de un empleado indefinido, pagando el FOGASA los otros 8, y que este despido va a ser más fácil. Así que la Gestoría Pepe y su cliente Manolo el del bar van a hacer lo siguiente con los contratos de los camareros:

- Hasta el 31/12/2011 temporal a todo el mundo, como el 96% de los contratos que se hacen hasta ahora.

- Desde el 1/1/2012 irán disminuyendo progresivamente el nº de contratos

- Desde el 1/1/2015 "indefinido" a todo el mundo, porque tanto a indefinidos como a temporales costará 12d por año ponerlos en la calle, pero las cotizaciones de los indefinidos son inferiores

Dentro de 5 años se harán muchísimos más contratos indefinidos que ahora, pero serán mucho menos estables porque el despido será mucho más barato. Digamos que el contrato de trabajo será una mierda indefinida porque la mierda flota.

Dentro de 5 años ningún periódico ni TV ni radio nos recordará que hubo una reforma por la cual la indemnización por despido bajó de 45 a 20 días por año y el Gobierno de turno (sea PSOE o PP), las empresas y los medios de comunicación domesticados con publicidad presumirán de que en España se habrá acabado con la temporalidad abusiva, cuando la realidad será que se habrá acabado con los contratos indefinidos de 45d de indemnización. Las empresas se gastarán menos dinero en cotizaciones y los trabajadores cobrarán menos de indemnizaciones. Es decir, que de todo el pastel que es la economía española aumentará la parte que se quedan las empresas a costa de la parte que se quedan los empleados, pues ese es el único y verdadero objetivo final de esta reforma laboral. Dicho de otra forma. Los costes laborales totales (salarios + cotizaciones + indemnizaciones) en España van a seguir siendo los mismos, pero se van a repartir entre más trabajadores. El mismo pastel dividido entre más gente. Menos paro pero peor trabajo. Joder, qué fácil ha sido acabar con el problema del paro.

Los efectos sobre la economía en general están en la misma línea. Hasta ahora muchas empresas llevaban dos contabilidades, A y B, sólo para pagar menos a Hacienda; pero ahora van a tener que hacerlo también para poder reducir sus costes laborales. Como el dinero del FOGASA sale de las cotizaciones de las empresas, esta reforma va a suponer que las empresas con plantilla estable y que no llevan doble contabilidad van a tener muchos más gastos y van a pagar los despidos objetivos fraudulentos de las empresas defraudadoras y con renovación constante de la plantilla. El mensaje del Gobierno es claro: contrate usted como sea y haga lo que quiera con sus empleados, que a cambio de que nos reduzca el paro nadie va a preguntar por cuentas.

Por otro lado, hasta ahora había muchos empleados con años de antigüedad en sus empresas a base de encadenar contratos temporales por obra con contratos eventuales, cambiándoles de empresa, etcétera. La Asesoría Pepe sabe de sobra que es un fraude, pero no se lo dice a sus clientes porque si el empleado denuncia quien paga es el cliente, no la asesoría. Pero ahora todos los clientes van a saber que a los dos años el empleado se hace "fijo" sean cuales sean los truquitos de la Asesoría Pepe. El resultado va a ser que van a echar a todo el mundo a la calle cada 3 años.

2.- Despidos

La tramitación como proyecto de ley no entrará en vigor hasta principios de octubre. Lo que se ha aprobado es el "inicio", por decirlo así, de la tramitación de este proyecto de ley. Ahora queda las fases de ponencia, enmiendas, Senado, etcétera. El Congreso ha aprobado que en Agosto se puedan celebrar todas las sesiones que sean necesarias de la ponencia, la comisión y el pleno para aprobar definitivamente la Ley.

Total, que aún no está todo el pescado vendido ni mucho menos y no dudéis que algo van a dejar para cambiarlo tras la huelga general.

Modificaciones del despido colectivo y del objetivo.

- Estas modificaciones van a afectar a todos los trabajadores, tanto a los que ya tengan contrato de cualquier tipo cuando se apruebe la Ley como a los contratados a partir de entonces. Antes de seguir, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre tipos de despido, para saber distinguir entre disciplinario, improcedente, objetivo y nulo.

- Despido por causas económicas. Para conseguir en el juzgado que su despido objetivo 20d fuera declarado procedente, hasta ahora era necesario que la empresa demostrara que dicho despido era necesarios para la supervivencia de la empresa. Ahora sólo tendrá que probar que "se deduce mínimamente la razonabilidad" del despido de su "situación económica negativa".

- Al igual que en el despido objetivo por causas económicas, en el despido objetivo por causas organizativas la empresa deberá justificar sólo que de su situación organizativa "se deduce mínimamente la razonabilidad" del despido.

- El preaviso por despido objetivo será de 15 días. Antes era de 30.

- Si en despido objetivo no pagan la indemnización inmediatamente y el empleado demanda, será despido improcedente. Antes era nulo, con readmisión obligatoria.

- Si en la carta de despido objetivo no se indican con detalle las causas y la justificación del mismo, será despido improcedente si el empleado demanda. Antes era nulo con readmisión obligatoria.

Intenciones verdaderas

En la propuesta inicial de la reforma que se pasó a los sindicatos pocos días antes de aprobarse, se exigía que las causas económicas se demostraran documentalmente y que las necesidades de empleo de la empresa se hubieran reducido, pero ambas cosas las han quitado del texto definitivo que está ahora en trámite parlamentario. Además está eso de que el despido objetivo se justifica si se "deduce mínimamente la razonabilidad".

Ese "mínimamente" no deja lugar a la menor duda: la verdadera intención del Gobierno es impedir que los despidos objetivos (20 dias) acaben en improcedentes (45 dias) por demanda judicial del empleado.

Consecuencias

- En resumen, el despido va a ser libre y sólo va a costar 12d por año en caso de dificultades mínimas, ya que los otros 8d los va a pagar el FOGASA. Antes también era libre, pero pagando, sin ayuda del FOGASA, 45d por año. Aún así, confiamos ciegamente en que la Asesoría Pepe la seguirá cagando en las cartas de despido objetivo o saltándose el pago inmediato, con lo que seguirá siendo recomendable demandar siempre en caso de despido objetivo. En casi todos las cartas que hemos visto, la Asesoría Pepe pone como causa de despido objetivo la frase "por causas económicas, organizativas o de producción" copiada textualmente del artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, sin añadir nada más que alguna que otra conjetura o generalidad. Hay que ser muy tonto para poner un "o" en la causa, porque demuestra que no existe causa concreta. Claro que cuando ponen un "y" es casi más divertido, ya que difícilmente una causa puede ser de dos tipos a la vez. En nombre de los trabajadores que todos los días les ganan los juicios: gracias, Asesoría Pepe.

- Como los trabajadores en reducción voluntaria de jornada tienen protección especial contra despido improcedente y también actúan derechos especialmente protegidos, en nuestra opinión seguirá siendo igual de difícil conseguir echarlos con despido objetivo. Resultaría bastante contradictorio que se despida por causas económicas al empleado que cobra menos por haberse reducido la jornada. Por tanto, muchos empleados se reducirán la jornada con el único objetivo de impedir que los despidan.

- Es cachondísimo, pero ahora va a ser más barato y fácil despedir a los trabajadores que trasladarlos o cambiarles el horario. En casos de traslado o cambios de horario perjudiciales, el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato cobrando indemnización de 20d año, que pagará totalmente la empresa. Además tendría muchas posibilidades de ganar el juicio porque esos traslados y cambios de horario sólo se pueden hacer por necesidades probadas. En cambio, si la empresa le hace un despido objetivo sólo tiene que pagarle 12d año, ya que los otros 8d los paga el FOGASA y además este despido no tiene que ser por razones probadas.

- Como el despido será muy fácil y sólo va a costar 12d año, harán a todo el mundo indefinido desde el principio, porque la finalización del contrato temporal costará también 12d año, pero las cotizaciones son más caras. Además un contrato temporal en fraude permite al empleado demandar y conseguir indemnización de 45d año. Por tanto nos encontramos con la paradoja de que los contratos temporales en fraude van a ser más estables que los contratos indefinidos. Cágate lorito.

3.- Nuevo contrato

Nuevo "Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida" (CFCI)

Se lo van a poder hacer a todo parado cuyo empleo anterior haya sido con contrato indefinido o que haya estado dos o más años con contratos temporales con cualquier empresa. Es decir, a casi todo el mundo.

Con un CFCI la empresa te podrá despedir sin razón pagando sólo 33d año y sin pagar salarios de tramitación.

Además el FOGASA le va a pagar 8d, por lo cual la empresa sólo paga realmente 25d. Lo único que tendrán que hacer será poner en la carta que el despido es objetivo sin dar ninguna razón y al mismo tiempo reconocer que es improcedente. Antes de la reforma, la indemnización de 33d la pagaba totalmente la empresa sólo era posible si el empleado demandaba y era el juez quien decía que el despido objetivo era improcedente. En ese caso, el empleado cobraba y cotizaba los salarios de tramitación, es salario completo entre despido y sentencia, que como poco venían a ser entre 3 y 4 meses.

- Despido por causas organizativas. Las causas que antes justificaban un simple cambio de horario, de jornada o un traslado ahora también justifican el despido objetivo de 20d por año. Esto no estaba en la propuesta inicial.

- Será válido un despido objetivo de 20 dias que simplemente mejore la situación organizativa de la empresa. Ya no será necesario que existan dificultades organizativas que haya que superar.

Será válido el despido objetivo 20d de tipo preventivo, porque se admite dicho despido para prevenir una futura "evolución negativa". Ya no será necesario que la empresa demuestre que existen dificultades reales, actuales y efectivas, como se pedía en la jurisprudencia del Supremo.

Fuente: OtroMadrid.org

El presidente de la Cámara de Comercio de León, Manuel Lamelas Viloria, tributa fuera de León

10 empresas de presidente de la Cámara de Comercio de León, Manuel Lamelas Viloria, tributan en otras provincias. Se hace por menor control tributario. Es un ejemplo chocante el caso de uno de los principales empresarios mineros del país, a la sazón presidente de la Cámara de Comercio e Industria de León, cabeza visible de un imperio ... empresarial forjado desde el rico el subsuelo leonés.
Pero, el abanderado de los empresarios leoneses tiene sus domicilios fiscales más jugosos, los que se desprenden precisamente del negro mineral —el Grupo Viloria con Alto Bierzo y sus casi 2 millones de euros de capital social, al
frente—, fuera de las fronteras de León. En Madrid, concretamente, según consta en el Registro Mercantil madrileño. Esta es una práctica habitual de esos empresarios que tantean terrenos esperando oportunidades fiscales o menor control tributario por parte de las autoridades, por tanto, no es ilegal ni mucho menos, pero sí resulta incoherente cuando el titular de estas sociedades es el presidente de la Cámara de León.
El mismo que desde el palacete de Padre Isla, sede de la entidad cameral, arenga día tras día en favor de la provincia, que reclama inversiones y esfuerzo empresarial, que pide ayudas a las administraciones locales y urge inversiones públicas para León.
En el caso de Viloria, además, ese papel institucional y político que desarrolla no ha sido un fruto de la casualidad, no es una situación sobrevenida, sino que en la actualidad cumple su tercer mandato consecutivo, por lo que el éxodo de sus empresas no es una circunstancia imponderable. Más bien un hecho inexcusable que, según apunta él mismo, no tendrá remedio ni a corto ni a largo plazo.